globo falso autonomo
Nuevo pronunciamiento trabajadores Rider. Glovo.

Un Juzgado de lo Social de Madrid, en primera instancia, ha dictado una nueva sentencia  en relación  a los trabajadores  de la compañía Glovo. En dicha sentencia  consta que el repartidor-trabajador no tiene jornada ni horario, decidiendo el propio trabajador cuando desea  trabajar y cuándo no, qué pedidos hay que repartir y cuáles no y la ruta a seguir, sin que la empresa le imponga la clase o el número de pedidos a realizar. En este caso concreto,  el trabajador  puede  desistir de los pedidos previamente  aceptado a mitad de ejecución sin  ser sancionado disciplinariamente por ello.

Así, la sentencia establece,  que el trabajador no está sometido a una estructura organizativa interna de la empresa, sino que la empresa sólo decide las tarifas, el lugar de prestación de los servicios y la herramienta a través de la cual  se encomendaban los recados.

 

Establece la  Sentencia, que ninguna de las anteriores notas  son las características de la relación laboral  siendo las mismas del régimen de autónomo TRADE

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