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Subvenciones fomento de empleo de la Comunidad Autónoma de Murcia para 2019

Con fecha 5 de abril de 2019  se ha publicado la convocatoria  reguladora  de las  subvenciones destinadas a fomentar tanto la contratación indefinida, como la contratación mediante el contrato en prácticas, de personas desempleadas por empresas con centros de trabajo en la Región de Murcia, así como la realización de prácticas no laborales.

A) Bonificaciones.

COLECTIVO IMPORTE BONIFICACIÓN
A TIEMPO COMPLETO A TIEMPO PARCIAL
Personas desempleadas  que se encuentren inscritas como demandantes de empleo puedan ser consideradas paradas de larga duración 6.000 € 3.000 €
puedan ser consideradas paradas de larga duración con 24 meses o mas 7.000 € 3.500 €
Personas desempleadas que hayan cumplido los 45 años, inscritas en el SERF y en situación de desempleo prolongado no tengan cargas familiares 7.000 € 3.500 €
tengan cargas familiares 9.000 € 4.500 €
Personas desempleadas que no hayan cumplido los 30 años de edad e inscritas como demandantes de empleo 6.000 € 3.000 €
Personas desempleadas  beneficiarias  del PAE por el SEPE y se encuentren inscritos como demandantes de empleo 7.500 € 3.500 €
Personas Beneficiarias sistema nacional de garantía juvenil  En general 6.000 € 3.000 €
si es titulado universitario y contrato indefinido tareas propias titulación grupo de cotización 1 y 2 7.500 € 3.750 €
Personas que se encuentren desarrollando practicas no laborales 7.000 € 3.500 €
Personas desempleadas e inscritas en las Oficinas de empleo , que no tenga reconocida la condición de víctima de violencia de genero 7.500 € 3.750 €
Mujeres desempleadas e inscritas en la oficina de empleo de la región de murcia con hijos menores de 3 años 8.500 4.250 €

La cuantía de las subvención de las contrataciones realizadas mediante la modalidad del contrato en prácticas, en función de la duración del contrato, y cumplan los siguientes requisitos:

No hayan cumplido 30 años de edad, y se encuentren inscritos como demandantes de empleo en las Oficinas de Empleo del SEF. Sean beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil,

DURACIÓN  Subvención
 A partir 6 meses 1.500 €
 A partir 12 meses 2.700 €
  A partir 18 meses 3.900 €
 De 24 meses 5.100 €

Beneficiarios del Sistema Nacional de Garantía Juvenil, y residentes en la Región de Murcia que hayan participado y obtenido la calificación de apto en el Proyecto de Formación programado por el Servicio Regional de Empleo y Formación, denominado “Gestores de Innovación y Emprendimiento” y que el perfil de la titulación académica habilitante para la realización del contrato en prácticas es adecuada al proyecto I+D a desarrollar.

DURACIÓN  Subvención
 A partir 6 meses 4.500 €
 A partir 12 meses 9.500 €

B) Beneficiarios.

Podrán ser beneficiarias de las subvenciones las pequeñas y medianas empresas (incluidos autónomos) cuyo centro de trabajo para el que se realice la actividad objeto de subvención se encuentre en la Región de Murcia.

Las empresas que deseen acogerse a las ayudas /subvenciones deberán previamente firmar un convenio de colaboración con el Servicio Regional de Empleo y Formación, de acuerdo con lo previsto en el artículo 4 del Real Decreto 1543/2011.

Las empresas que deseen acogerse a las ayudas establecidas en el artículo 6.2 c) (del subprograma 2), deberá constar en el registro que el Instituto de Fomento de la Región de Murcia (INFO) tendrá habilitado a estos efectos.

C) Requisitos.

  • Hallarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Tributaria de la Comunidad Autónoma de la Región de Murcia.
  • Estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias frente a la Agencia Estatal de Administración Tributaria.
  • Encontrarse al corriente en el cumplimiento de las obligaciones económicas con la Seguridad Social.
  • Obligación de mantenimiento del puesto de trabajo contratado por un periodo de dos años.

D)Exclusiones.

  1. Las contrataciones, conversiones o la realización de prácticas no laborales realizadas con trabajadores que hubiesen prestado servicios en la misma empresa, empresas vinculadas o grupo de empresas, en los veinticuatro meses anteriores a la fecha de la contratación objeto de la subvención, mediante un contrato por tiempo indefinido.
  2. Contratación con familiares hasta el segundo grado, así como con los socios de la mercantil solicitante de la subvención
  3. Empresas que en los 12 meses anteriores a la contratación hayan realizado despidos improcedentes.

Indicar, que cada programa de subvenciones  establece  unas exclusiones diferentes  por lo que en todo caso deberemos de estar a las exclusiones propias del programa que vayamos a solicitar. Así, las exclusiones  vienen reguladas en el artículo 5 de la Orden del Presidente del Servicio Regional de Empleo y Formación, por la que se establecen las bases reguladoras de subvenciones para el fomento de la contratación y de las prácticas no laborales en la Región de Murcia.

 

E) El plazo.

Será de 15 días desde la contratación y, en las contrataciones anteriores a la publicación de la norma, quince días desde el 6 de abril ( hasta el 30 de abril).

 

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